FECASARM, asociación adherida a la patronal del ocio nocturno estatal SPAIN NIGHTLIFE, recurre la decisión judicial de mantener las discotecas cerradas en Cataluña

El Tribunal Superior aceptó el recurso de la FECASARM en cuanto a levantar la limitación horaria a restaurantes y salones de juego pero denegó la reapertura de discotecas

La patronal pide a la Generalitat de Cataluña recuperar la mesa de trabajo y exige saber si este viernes prorrogará la prohibición del funcionamiento de discotecas

Nos complace informarles de que la FECASARM, asociación adherida a SPAIN NIGHTLIFE ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña un recurso de reposición contra el auto judicial por la que se denegó la medida cautelar de reabrir las discotecas en Cataluña. La doble petición de dejar sin efecto la limitación horaria a las 24h en restaurantes y salones de juego también formulada por la FECASARM sí fue atendida por el Alto Tribunal, siendo la única patronal del ocio nocturno que alcanzó en Cataluña un éxito judicial pues las peticiones de otras patronales resultaron todas desestimadas.

La FECASARM ha basado su recurso en tres argumentos principalmente. El primero es que la resolución dictada por la Generalitat de Cataluña viola el artículo 55 bis de la Ley de Salud Pública de Cataluña dado que afecta de manera homogénea en todo el territorio cuando los informes aportados por la Generalitat quedaba claro y patente que el número de incidencias en las diferentes regiones era totalmente distinto y que, por tanto, la limitación se debía de haber realizado por regiones sanitarias y no afectando a todo el territorio de la comunidad por igual. Es de ver que, según uno de los informes de la Agencia de Salud Pública de Cataluña aportado a los autos, la semana antes de acordarse la medida se detectaron por ejemplo 297 casos en la región sanitaria de Lleida, cifra que contrastaba con los 2 casos detectados en el Alt Pirineu y Aran o los 15 de Tarragona. La cifra además incluía casos asintomáticos. Por lo tanto, en base a este primer argumento, la asociación adherida a SPAIN NIGHTLIFE ha pedido que se deje sin efecto el auto judicial y que se conceda la medida cautelar solicitada por ser la suspensión de actividades totalmente desproporcionada.

En segundo lugar, la patronal catalana ha puesto de manifiesto que la Generalitat no ha aportado toda la información que debía aportar al Tribunal y le ha ocultado información, lo que a nuestro criterio ha inducido al Tribunal a adoptar una resolución equivocada. Así las cosas, antes de la aprobación de la resolución SLT / 1840/2020 la Generalitat ya había aprobado la resolución SLT / 1457/2020, en virtud de la cual las discotecas catalanas funcionaban sin pista de baile, con un aforo del 50% y con mesas y sillas con la gente sentada en grupos reducidos, es decir, con el mismo formato que un restaurante. Por lo tanto si tenemos en cuenta esta premisa ocultada al Tribunal, no es cierto que las discotecas funcionen con aglomeraciones de gente que no se conoce como mantiene la Generalitat a la hora de defender la medida. Y por otro lado, si tenemos en cuenta lo que decretó el mismo Tribunal en auto de fecha 31/7/2020 en el sentido de que por razón de la hora de cierre no hay evidencias de que haya más transmisión del virus, hay que decir que se debería permitir el funcionamiento de las discotecas por lo menos temporalmente bajo este formato ya que en realidad trabajan como restaurantes con música y con todas las medidas de seguridad y, el hecho de que cierren más tarde, no afecta a la transmisión del virus. De hecho queremos recordar que la única Comunidad Autónoma que hoy por hoy permite el uso de la pista de baile para su finalidad habitual es Galicia.

En tercer lugar, hemos puesto de manifiesto que, a parte de que es incierto que en las discotecas se produzcan aglomeraciones ya que tienen el aforo limitado, la Generalitat ha puesto mucho énfasis en la mayor transmisión debido a que las discotecas son “espacios cerrados” . En este aspecto pues y, con carácter subsidiario, la patronal catalana ha solicitado la acogida de la medida cautelar de reapertura en cuanto a espacios al aire libre de discotecas y salas de fiesta ya que el Tribunal aceptó esta limitación injustificada y por tanto la debe reconsiderar.

La patronal ha solicitado al Tribunal la habilitación del mes de agosto dada la urgencia del caso

A la vez que se ha interpuesto el recurso de reposición, los servicios jurídicos de la FECASARM han solicitado al Tribunal Superior que habilite los días del mes de agosto inhábiles (del día 1 al 11) dada la urgencia del caso que nos ocupa, posibilidad que ya prevé la Ley reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa en su artículo 128.3.

En palabras de Joaquim Boadas, secretario general y jefe de los servicios jurídicos de la FECASARM y de SPAIN NIGHTLIFE, “es evidente que si la resolución impugnada tiene una duración inicial de 15 días, sin saber por el momento si se prorrogará, necesitamos saber cuanto antes si la misma se suspende finalmente o no ya que de otro modo la medida perdería su razón de ser. Además, hay que tener en cuenta que los perjuicios que se están ocasionando al sector y a sus trabajadores (40.000 en Cataluña) ya que el daño es cada día más difícil de reparar y, por tanto, hemos pedido que habiliten estos días inhábiles más cuando nos encontramos en temporada alta y si los locales no pueden facturar ahora, aunque sea con limitaciones, están abocados a la más absoluta ruina “.

La patronal catalana insta a la Generalitat a retomar la mesa de trabajo

Por otra parte, la patronal adherida a SPAIN NIGHTLIFE instó esta mañana a la Generalitat de Cataluña a que se reactive la mesa de trabajo que se creó a propuesta de FECASARM para pactar la desescalada del ocio nocturno en Cataluña y en la que participaban administración y sector . La petición, de momento, sólo ha recibido respuesta por parte del Ayuntamiento de Barcelona, ​​poniéndose a disposición de la Generalitat. En la misma petición se ha pedido a la Generalitat que concrete si el próximo viernes día 7 de agosto tiene previsto o no alargar la suspensión de las actividades de discoteca ya que el sector pide previsión y seguridad jurídica.

En palabras de David López, presidente de la FECASARM y directivo de SPAIN NIGHTLIFE “Pedimos a la administración concreción y seguridad jurídica, nuestros empresarios no pueden estar pendientes cada semana de qué saldrá publicado en el Diario Oficial cada viernes ya que necesitan cierta previsión y además tienen obligaciones esenciales que atender tanto ellos como sus trabajadores. A parte, creemos que será mucho más efectivo y productivo trabajar conjuntamente sector y administración de la mano y de manera pactada que a golpe de resolución cada viernes y sábado y de autos judiciales que las vayan dejando sin efecto parcial o totalmente “. 

Para más información pueden dirigirse al teléfono 902.099.500 o bien al 670 703 370.